, Año 64 de la Revolución______________________________

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Puntualiza ETECSA nuevas tarifas de servicio de telecomunicaciones

Redactado desde el Informativo por:
ÚLTIMAS ENTRADAS
 

En cada servicio se diseñaron tarifas diferenciadas para los segmentos de clientes, de manera tal que existen tarifas para cada tipo de cliente residencial o empresarial
Teléfono fijo comercializado por ETECSA
Foto: Tribuna de La Habana




La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., ETECSA anunció el pasado año que, como parte de la tarea del Ordenamiento Monetario, a partir del 1ro. de enero de 2021 todos los pagos de sus servicios en la oficina comercial serían en moneda nacional.

En cada servicio se diseñaron tarifas diferenciadas para los segmentos de clientes, o sea, residencial o empresarial.

La telefonía fija para el sector residencial, cuya cuota mensual antes era de 6.25 pesos cubanos ahora es de 20.00 CUP, y tal como está establecido, cubre los primeros 300 minutos de llamadas del mes, tras los cuales se aplica la tarifa para la llamada local. El pago mensual de la extensión es de 8.00 pesos y el identificador de llamadas se mantiene en 15.00 CUP.

Los servicios suplementarios con pagos por activación mensual, como las transferencias y el candado electrónico ahora serán 3.00 CUP cada uno. El valor de la conferencia tripartita y las líneas directas es de 4.50 CUP, y la llamada en espera 1.50 CUP. Aquellos servicios que se pagan por uso, como el despertador automático y la hora exacta, tienen una tarifa de 0.30 y 0.15 CUP respectivamente.

En cuanto a las llamadas locales y nacionales se establecen tarifas únicas. Una tarifa local para las llamadas dentro de la provincia, una única para las llamadas entre provincias de la misma región y otra para las llamadas entre diferentes regiones. En tal sentido el tarifario para las llamadas locales y nacionales se simplificó considerablemente quedando:

_ tarifa local: 0.09 CUP / minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.06 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

_ tarifa regional: 0.75 CUP / minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.39 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

_ tarifa interregional: 1.95 CUP / minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.99 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

Quedando las regiones organizadas de la siguiente manera:

_ Región occidente: Pinar del Río, La Habana, Artemisa, Mayabeque, Matanzas e incluye el municipio especial Isla de la Juventud.

_ Región centro: Villa Clara, Sancti Spíritus, Cienfuegos, Ciego de Ávila y Camagüey.

_ Región oriente: Las Tunas, Granma, Holguín, Santiago de Cuba y Guantánamo.

Es importante destacar que a partir de este año la cuota básica se cobrará al mes siguiente, tal y como sucede con el tráfico cursado. En la factura que los clientes recibirán en enero, solo se incluirá el valor de las llamadas realizadas en diciembre, debido a que la cuota de ese mes ya fue facturada. Los cambios tarifarios serán perceptibles en la facturación del mes de febrero, que corresponde al tráfico cursado en el mes de enero. Así mismo sucederá con el importe de cada uno de los servicios suplementarios contratados y de los cargos misceláneos por aquellos servicios y trámites que se hayan solicitado en el mes.

En el caso de la telefonía fija alternativa, la cuota también será de 20.00 CUP y las tarifas solo se diferencian por sus horarios, sin importar el destino: 0.048 CUP / minuto (de 8:00 a.m. a 5:59 p.m.), 0.066 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 9:59 p.m.) y 0.015 CUP / minuto (de 10:00 p.m. a 7:59 a.m.)

Por su parte en la telefonía pública, tanto por monedas como por tarjetas, las tarifas son como sigue:

_ llamadas locales y a redes móviles: cuesta 0.10 CUP por cada 3 minutos.

Llamadas de larga distancia nacional

_ tarifa regional: 0.40 CUP por cada minuto (de 6:00a.m. a 5:59 p.m.) y 0.20 CUP por cada minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

_ tarifa interregional: 1.00 CUP por cada minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.50 CUP por cada minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

Los servicios de telefonía móvil e internet mantuvieron sus tarifas en CUP al valor equivalente que tenían en 2020. Asimismo, los saldos vigentes se convirtieron automáticamente en pesos cubanos.


Estas son solo una muestra de las tarifas de algunos segmentos de clientes. El tarifario de todos los sectores se encuentra disponible en www.etecsa.cu, al que puede accederse libre de costo.

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 (Departamento de Comunicación, División La Habana)

Puntualiza ETECSA nuevas tarifas de servicio de telecomunicaciones

Redactado desde el Informativo por:
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En cada servicio se diseñaron tarifas diferenciadas para los segmentos de clientes, de manera tal que existen tarifas para cada tipo de cliente residencial o empresarial
Teléfono fijo comercializado por ETECSA
Foto: Tribuna de La Habana




La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., ETECSA anunció el pasado año que, como parte de la tarea del Ordenamiento Monetario, a partir del 1ro. de enero de 2021 todos los pagos de sus servicios en la oficina comercial serían en moneda nacional.

En cada servicio se diseñaron tarifas diferenciadas para los segmentos de clientes, o sea, residencial o empresarial.

La telefonía fija para el sector residencial, cuya cuota mensual antes era de 6.25 pesos cubanos ahora es de 20.00 CUP, y tal como está establecido, cubre los primeros 300 minutos de llamadas del mes, tras los cuales se aplica la tarifa para la llamada local. El pago mensual de la extensión es de 8.00 pesos y el identificador de llamadas se mantiene en 15.00 CUP.

Los servicios suplementarios con pagos por activación mensual, como las transferencias y el candado electrónico ahora serán 3.00 CUP cada uno. El valor de la conferencia tripartita y las líneas directas es de 4.50 CUP, y la llamada en espera 1.50 CUP. Aquellos servicios que se pagan por uso, como el despertador automático y la hora exacta, tienen una tarifa de 0.30 y 0.15 CUP respectivamente.

En cuanto a las llamadas locales y nacionales se establecen tarifas únicas. Una tarifa local para las llamadas dentro de la provincia, una única para las llamadas entre provincias de la misma región y otra para las llamadas entre diferentes regiones. En tal sentido el tarifario para las llamadas locales y nacionales se simplificó considerablemente quedando:

_ tarifa local: 0.09 CUP / minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.06 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

_ tarifa regional: 0.75 CUP / minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.39 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

_ tarifa interregional: 1.95 CUP / minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.99 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

Quedando las regiones organizadas de la siguiente manera:

_ Región occidente: Pinar del Río, La Habana, Artemisa, Mayabeque, Matanzas e incluye el municipio especial Isla de la Juventud.

_ Región centro: Villa Clara, Sancti Spíritus, Cienfuegos, Ciego de Ávila y Camagüey.

_ Región oriente: Las Tunas, Granma, Holguín, Santiago de Cuba y Guantánamo.

Es importante destacar que a partir de este año la cuota básica se cobrará al mes siguiente, tal y como sucede con el tráfico cursado. En la factura que los clientes recibirán en enero, solo se incluirá el valor de las llamadas realizadas en diciembre, debido a que la cuota de ese mes ya fue facturada. Los cambios tarifarios serán perceptibles en la facturación del mes de febrero, que corresponde al tráfico cursado en el mes de enero. Así mismo sucederá con el importe de cada uno de los servicios suplementarios contratados y de los cargos misceláneos por aquellos servicios y trámites que se hayan solicitado en el mes.

En el caso de la telefonía fija alternativa, la cuota también será de 20.00 CUP y las tarifas solo se diferencian por sus horarios, sin importar el destino: 0.048 CUP / minuto (de 8:00 a.m. a 5:59 p.m.), 0.066 CUP / minuto (de 6:00 p.m. a 9:59 p.m.) y 0.015 CUP / minuto (de 10:00 p.m. a 7:59 a.m.)

Por su parte en la telefonía pública, tanto por monedas como por tarjetas, las tarifas son como sigue:

_ llamadas locales y a redes móviles: cuesta 0.10 CUP por cada 3 minutos.

Llamadas de larga distancia nacional

_ tarifa regional: 0.40 CUP por cada minuto (de 6:00a.m. a 5:59 p.m.) y 0.20 CUP por cada minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

_ tarifa interregional: 1.00 CUP por cada minuto (de 6:00 a.m. a 5:59 p.m.) y 0.50 CUP por cada minuto (de 6:00 p.m. a 5:59 a.m.)

Los servicios de telefonía móvil e internet mantuvieron sus tarifas en CUP al valor equivalente que tenían en 2020. Asimismo, los saldos vigentes se convirtieron automáticamente en pesos cubanos.


Estas son solo una muestra de las tarifas de algunos segmentos de clientes. El tarifario de todos los sectores se encuentra disponible en www.etecsa.cu, al que puede accederse libre de costo.

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 (Departamento de Comunicación, División La Habana)

Tarifas de los servicios Suburbanos, Interurbanos (Intermunicipales) y Rurales en la provincia de Matanzas.

Redactado desde el Informativo por:
ÚLTIMAS ENTRADAS
 

Estas son las tarifas de los servicios Suburbanos Interurbanos (Intermunicipales) y Rurales aprobados para todos los servicios que brinda La EPT. En el caso de Transmetro, Escolares y sus servicios a la población tienen otros requerimientos. (Se colocarán más adelante)

 

 

 RURAL

RUTAORIGEN-DESTINOkmAntesNueva
705Matanzas - Regalito44.00.6510
711Matanzas - San Francisco15.00.504
712Matanzas - Jesús María23.00.706
713Matanzas-Paso del medio14.01.003
702Limonar-Chacón15.00.804
703Limonar-Triunvirato28.61.007
704Limonar - Ponce20.01.005
705Limonar-Cárdenas30.02.007
706Limonar-Saratoga18.01.004
707Limonar-Manolito.29.01.007
708Limonar- Sumidero10.00.403
709Limonar - San Francisco54.01.3513
710Limonar-Jesús María28.51.007
728Cárdenas - La Angelina30.01.007
740Colón - Gertrudis14.71.004
744Colón - G. Díaz21.51.005
760Perico-Mostacilla15.01.003
783Perico-Tomeguín9.01.003
724Perico- Capitolio10.50.403
759Perico-El Canal9.01.003
748Perico - España6.01.003
749Perico-El Roque6.01.003
754Perico - Altamizal12.51.003
725Perico- La Chucha4.00.403
704Calimete-Dos Ríos (Karah.)19.41.005
705 6 Agosto-La Guinea (Karah)41.31.0010
741Calimete-6  Agosto-Villena 45.41.0011
747Calimete -La Isabel 19.41.005
755Calimete-Solís16.51.004
742Arabos - Israel Ruíz20.01.005
743Arabos-Monte Alto18.01.004
750Arabos-Zorrilla-Colón40.02.0010
751Arabos-Campo Alegre 33.01.009
753Arabos-Palmilla23.01.006
746Arabos-Muela Quieta23.01.006
745Arabos-Los Mangos29.01.008
758San Pedro-Arabos13.01.003
757Arabos- La Paloma (Israel Ruiz)30.01.007
721Martí-Angelina33.02.008
723Martí - Sordo14.01.004
726Martí-28 de octubre30.01.007
727Martí-Palma Sola-Quindelan27.01.006
799Martí-P. Menéndez27.01.006
800Martí-Hoyo Colorado19.01.005
770Jovellanos - San Vicente12.01.003
773Jovellanos - Jaime López17.01.004
771Betancourt - Piñón27.01.006
772Betancourt - San Miguel11.01.003
775Betancourt - Pedroso16.01.004
776Betancourt - Manolito29.01.007
799Unión-Los Riveros37.51.009
790Unión - P. Rico13.81.003
791Unión - Juan Ávila8.21.003
792Alacranes - La Punta23.11.006
793Unión-Babiney8.41.003
794Unión Bermejas14.91.004
795Union-Bolondron- Manuelito24.21.006
796Unión - Sabana Grande38.11.009
797Unión-Yagruma21.41.005
798Unión-Bolondrón-S.Grande40.41.0010
810Jagüey-San Isidro12.01.003
811Jagüey-Playa Larga34.02.008
814Jagüey-San Joaquín19.01.005
816Agramonte-U.de Fernández17.01.004
817Jagüey-Amarillas 32.51.008
822Agramonte-Algarrobo15.01.004
818Girón-Ceiba -Playa28.01.007
820Girón -  santo Tomas68.02.6520
821Girón - Cocodrilo38.02.5011
822Girón-Cayo Ramona12.01.003
824Girón-Ceiba28.01.007
823Girón - Jagüey70.03.0017
700Matanzas-Chirino25.00.607

 INTER-URBANA

RUTAORIGEN-DESTINOkmAntesNueva
403Matanzas - Corral Nuevo19.00.504
404Matanzas - Bacunayagua22.00.604
409Mocha-Elena21.00.604
420MATANZAS-VARADERO42.23.008
408Limonar - Matanzas27.51.006
432Cárdenas-Colón68.03.0014
433Cárdenas - San Miguel27.516
434Cárdenas-H. Faustino70.0314
435M. Gómez-Angelina25.015
439Cárdenas- B Camarioca35.017
452Colón - Céspedes30.926
459Colón - Amarillas31.826
461Colón-Matanzas90.0518
463Colón-San José G.19.814
467COLÓN-GUERRERO25.815
451COLÓN-AGUADA45.239
453Perico - Máximo Gómez26.015
466Perico-Cárdenas 52.0310
468Perico-Matanzas76.0415
460Calimete - Matanzas120.5824
498Céspedes-Amarilla -Colon38.028
464Arabo-San Pedro - Matanzas150.0830
465Arabo-San Pedro - Colón48.0210
441Hoyo Colorado-Cárdenas79.0416
456Martí-Colón40.028
462Hoyo Colorado-Matanzas121.5724
499Itabo-Cárdenas60.0312
500Martí-Matanzas105.5621
470Jovellanos - P. Betancourt25.025
471Jovellanos - Colón33.027
472Jovellanos-San Miguel24.015
473Jovellanos-Matanzas56.0311
474Jovellanos - Jagüey33.027
475Jovellanos-C.Rojas- Cárdenas36.027
476Jovellanos - bolondrón33.027
478Jovellanos-Granma24.915
479Jovellanos-Coliseo-Cárdenas36.027
494Betancourt-Matanzas67.0313
490Unión - Matanzas34.927
491Unión - Cabezas44.019
492Unión - P.Betancourt29.016
493Cabeza - Matanzas57.0311
495Unión-Porvenir20.214
501Jagüey-Agramonte23.015
502Jagüey-Marcos-Torriente36.017
505Jagüey-Calimete37.017
507Jagüey-P. Betancourt43.729
508Jagüey-Australia10.013
454Jagüey-VS-Colon45.029
455Jagüey-Perico57.0311
512Jagüey-Jov-Matanzas93.0519
515Jagüey-Matanzas Vía Sur98.0520
509Jagüey-Cárdenas70.0514
503Agramonte-Marcos-Torriente26.015
504Agramonte-colon34.027
506Agramonte-René Fraga15.013
516Agramonte-Jovellanos27.025
510Girón-Aguada108.0322
513Girón - Matanzas165.0533
402Matanzas - San Miguel45.51.659

SUB-URBANA

RUTA

ORIGEN-DESTINO

kmAntesNueva
210Matanzas - Mocha19.00.403
214Matanzas - Triunvirato22.00.603
221Calle 64-Camarioca25.61.003
222Calle 64-Cárdenas18.51.003
223Calle 64-Humberto Álvarez11.41.003
224Calle 64-Boca de Camarioca16.51.003
225Cardenas-guasima calle 6415.51.003
231MERCEDITAS-HOSPITAL18.01.003
234Cárdenas - M. Capote16.01.003
235Cárdenas - S. Comas15.01.003
250Colón - 6 de Agosto14.82.003
251Colón -Aguica13.31.003
254Colón - Guareira9.51.003
255Colón - Sergio González11.61.003
257Colón - René Fraga20.01.003
258Colón - Méjico11.91.003
259Colón-Banaguises9.11.003
261Colón-Rio Piedra10.31.003
262COLÓN-SAN ISIDRO8.01.003
263Colón-Deseada8.01.003
260Perico-Colón16.52.003
270Jovellanos-La Isabel21.01.003
271Jovellanos-Carlos Rojas8.01.003
204CALIMETE -6 AGOSTO16.61.003
272Terminal-Aguilar16.01.003
275Jovellanos - La Carlota14.01.003
208Peñas Altas-Guanábana10.70.20

3

252Martí-Itabo.8.01.003
253Martí Máximo Gómez15.02.003
209Matanzas-Las Marías12.01.003

 

 

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( Portal Matanceros)

Tarifas de los servicios Suburbanos, Interurbanos (Intermunicipales) y Rurales en la provincia de Matanzas.

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 RURAL

RUTAORIGEN-DESTINOkmAntesNueva
705Matanzas - Regalito44.00.6510
711Matanzas - San Francisco15.00.504
712Matanzas - Jesús María23.00.706
713Matanzas-Paso del medio14.01.003
702Limonar-Chacón15.00.804
703Limonar-Triunvirato28.61.007
704Limonar - Ponce20.01.005
705Limonar-Cárdenas30.02.007
706Limonar-Saratoga18.01.004
707Limonar-Manolito.29.01.007
708Limonar- Sumidero10.00.403
709Limonar - San Francisco54.01.3513
710Limonar-Jesús María28.51.007
728Cárdenas - La Angelina30.01.007
740Colón - Gertrudis14.71.004
744Colón - G. Díaz21.51.005
760Perico-Mostacilla15.01.003
783Perico-Tomeguín9.01.003
724Perico- Capitolio10.50.403
759Perico-El Canal9.01.003
748Perico - España6.01.003
749Perico-El Roque6.01.003
754Perico - Altamizal12.51.003
725Perico- La Chucha4.00.403
704Calimete-Dos Ríos (Karah.)19.41.005
705 6 Agosto-La Guinea (Karah)41.31.0010
741Calimete-6  Agosto-Villena 45.41.0011
747Calimete -La Isabel 19.41.005
755Calimete-Solís16.51.004
742Arabos - Israel Ruíz20.01.005
743Arabos-Monte Alto18.01.004
750Arabos-Zorrilla-Colón40.02.0010
751Arabos-Campo Alegre 33.01.009
753Arabos-Palmilla23.01.006
746Arabos-Muela Quieta23.01.006
745Arabos-Los Mangos29.01.008
758San Pedro-Arabos13.01.003
757Arabos- La Paloma (Israel Ruiz)30.01.007
721Martí-Angelina33.02.008
723Martí - Sordo14.01.004
726Martí-28 de octubre30.01.007
727Martí-Palma Sola-Quindelan27.01.006
799Martí-P. Menéndez27.01.006
800Martí-Hoyo Colorado19.01.005
770Jovellanos - San Vicente12.01.003
773Jovellanos - Jaime López17.01.004
771Betancourt - Piñón27.01.006
772Betancourt - San Miguel11.01.003
775Betancourt - Pedroso16.01.004
776Betancourt - Manolito29.01.007
799Unión-Los Riveros37.51.009
790Unión - P. Rico13.81.003
791Unión - Juan Ávila8.21.003
792Alacranes - La Punta23.11.006
793Unión-Babiney8.41.003
794Unión Bermejas14.91.004
795Union-Bolondron- Manuelito24.21.006
796Unión - Sabana Grande38.11.009
797Unión-Yagruma21.41.005
798Unión-Bolondrón-S.Grande40.41.0010
810Jagüey-San Isidro12.01.003
811Jagüey-Playa Larga34.02.008
814Jagüey-San Joaquín19.01.005
816Agramonte-U.de Fernández17.01.004
817Jagüey-Amarillas 32.51.008
822Agramonte-Algarrobo15.01.004
818Girón-Ceiba -Playa28.01.007
820Girón -  santo Tomas68.02.6520
821Girón - Cocodrilo38.02.5011
822Girón-Cayo Ramona12.01.003
824Girón-Ceiba28.01.007
823Girón - Jagüey70.03.0017
700Matanzas-Chirino25.00.607

 INTER-URBANA

RUTAORIGEN-DESTINOkmAntesNueva
403Matanzas - Corral Nuevo19.00.504
404Matanzas - Bacunayagua22.00.604
409Mocha-Elena21.00.604
420MATANZAS-VARADERO42.23.008
408Limonar - Matanzas27.51.006
432Cárdenas-Colón68.03.0014
433Cárdenas - San Miguel27.516
434Cárdenas-H. Faustino70.0314
435M. Gómez-Angelina25.015
439Cárdenas- B Camarioca35.017
452Colón - Céspedes30.926
459Colón - Amarillas31.826
461Colón-Matanzas90.0518
463Colón-San José G.19.814
467COLÓN-GUERRERO25.815
451COLÓN-AGUADA45.239
453Perico - Máximo Gómez26.015
466Perico-Cárdenas 52.0310
468Perico-Matanzas76.0415
460Calimete - Matanzas120.5824
498Céspedes-Amarilla -Colon38.028
464Arabo-San Pedro - Matanzas150.0830
465Arabo-San Pedro - Colón48.0210
441Hoyo Colorado-Cárdenas79.0416
456Martí-Colón40.028
462Hoyo Colorado-Matanzas121.5724
499Itabo-Cárdenas60.0312
500Martí-Matanzas105.5621
470Jovellanos - P. Betancourt25.025
471Jovellanos - Colón33.027
472Jovellanos-San Miguel24.015
473Jovellanos-Matanzas56.0311
474Jovellanos - Jagüey33.027
475Jovellanos-C.Rojas- Cárdenas36.027
476Jovellanos - bolondrón33.027
478Jovellanos-Granma24.915
479Jovellanos-Coliseo-Cárdenas36.027
494Betancourt-Matanzas67.0313
490Unión - Matanzas34.927
491Unión - Cabezas44.019
492Unión - P.Betancourt29.016
493Cabeza - Matanzas57.0311
495Unión-Porvenir20.214
501Jagüey-Agramonte23.015
502Jagüey-Marcos-Torriente36.017
505Jagüey-Calimete37.017
507Jagüey-P. Betancourt43.729
508Jagüey-Australia10.013
454Jagüey-VS-Colon45.029
455Jagüey-Perico57.0311
512Jagüey-Jov-Matanzas93.0519
515Jagüey-Matanzas Vía Sur98.0520
509Jagüey-Cárdenas70.0514
503Agramonte-Marcos-Torriente26.015
504Agramonte-colon34.027
506Agramonte-René Fraga15.013
516Agramonte-Jovellanos27.025
510Girón-Aguada108.0322
513Girón - Matanzas165.0533
402Matanzas - San Miguel45.51.659

SUB-URBANA

RUTA

ORIGEN-DESTINO

kmAntesNueva
210Matanzas - Mocha19.00.403
214Matanzas - Triunvirato22.00.603
221Calle 64-Camarioca25.61.003
222Calle 64-Cárdenas18.51.003
223Calle 64-Humberto Álvarez11.41.003
224Calle 64-Boca de Camarioca16.51.003
225Cardenas-guasima calle 6415.51.003
231MERCEDITAS-HOSPITAL18.01.003
234Cárdenas - M. Capote16.01.003
235Cárdenas - S. Comas15.01.003
250Colón - 6 de Agosto14.82.003
251Colón -Aguica13.31.003
254Colón - Guareira9.51.003
255Colón - Sergio González11.61.003
257Colón - René Fraga20.01.003
258Colón - Méjico11.91.003
259Colón-Banaguises9.11.003
261Colón-Rio Piedra10.31.003
262COLÓN-SAN ISIDRO8.01.003
263Colón-Deseada8.01.003
260Perico-Colón16.52.003
270Jovellanos-La Isabel21.01.003
271Jovellanos-Carlos Rojas8.01.003
204CALIMETE -6 AGOSTO16.61.003
272Terminal-Aguilar16.01.003
275Jovellanos - La Carlota14.01.003
208Peñas Altas-Guanábana10.70.20

3

252Martí-Itabo.8.01.003
253Martí Máximo Gómez15.02.003
209Matanzas-Las Marías12.01.003

 

 

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( Portal Matanceros)

Ordenamiento monetario: Tarifas, consumos y el nuevo cálculo de la electricidad

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El actualizado cálculo de uno de los servicios básicos para la población ha hecho sacar cuentas a todos, y buscar la relación factura-salario. Porque el ordenamiento monetario, que comenzará el 1ro de enero, provocará una subida del importe a pagar por el gasto de electricidad.    

Hoy un kWh de electricidad vale nueve centavos y el que consume 100 paga nueve pesos. Sin embargo, cuando el próximo mes los cambios entren en vigor, el coste de ese mismo consumo se elevará a 40 pesos. Este crecimiento también aparece en los siguientes tramos de la tarifa, que en la actualidad es “extremadamente subsidiada por el Estado”, como refirió en la Mesa Redonda la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss.

Pero, por qué suben las tarifas, preguntan no pocos tras la noticia. La vicetitular de Energía y Minas, Tatiana Amarán Bogachova, explicó que para las empresas eléctricas, como para todas las de la economía cubana, hoy 1 CUP= 1 CUC= 1 USD, y con el nuevo tipo de cambio, deberán multiplicar sus costos importados por 24.

    El 49,9% de los combustibles (entre crudo y gas acompañante) que se usan en Cuba para generar electricidad son nacionales. El resto hay que importarlo, así como más del 90% de los insumos que se utilizan en las plantas y unidades generadoras, ilustró la viceministra en diálogo con Cubadebate.

Por eso, dijo, el costo de la electricidad es alto, y la tarifa no puede ser totalmente subsidiada, “aun cuando el Presupuesto del Estado siga financiando gran parte del precio de esta”.

De acuerdo con Bolaños Weiss, alrededor de 18 000 millones de pesos serán destinados anualmente para complementar el costo real de ese servicio.

Si bien la tarifa aumenta, Amarán Bogachova sostiene que los primeros cinco escalones (hasta los 300 kWh) se mantienen subsidiados, porque aunque hay un incremento “está por debajo del costo real de la generación de electricidad en el país por su alto nivel de importación”.

Un objetivo de la tarifa, abundó la viceministra, es desestimular el consumo, de ahí que los que consuman mucho tendrán que pagar más. Igualmente, la actualización responde a uno de los principios del ordenamiento monetario de no subsidiar productos y servicios, sino personas.

    Según datos oficiales, en Cuba hay poco más de 4 millones de clientes residenciales, cuyo consumo promedio es de 185 kWh mensual. Incluso, el 37% gasta menos que esa cantidad. De forma general, los clientes residenciales representan el 60% del total, que contempla además al sector estatal.

Para calcular la relación factura-salario hay que tener en cuenta varios análisis, uno de ellos es el incremento salarial que recibirán los trabajadores a partir de enero. El jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos, Marino Murillo Jorge, explicó que “en los grupos de menos ingresos, pierde participación el gasto de electricidad comparado con el salario que se pagará”.

    Por ejemplo, ilustró, si se trata de una persona que vive sola, recibe el salario mínimo y consume 100 kWh, paga en estos momentos nueve pesos, el 4% del salario mínimo actual. Cuando ocurra la unificación, pagará 40 pesos, pero con un salario mínimo de 2 100, y eso es el 1.9%.

Uno de los foristas que compartió su cuenta decía que por los 500 kWh que como promedio se lee en su factura deberá pagar 2 267 pesos, con un nuevo salario de 3 585 pesos. Sin embargo, hoy paga 459 pesos ganando 425 pesos. “¿Cómo puede pagar entonces esa electricidad?”.  Por eso, “no se debe comparar con ‘mi salario’, hay que comparar con el ingreso del núcleo familiar”, razonó Murillo Jorge.

El jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos señaló que el país viene haciendo inversiones en plantas térmicas más eficientes. “Y si lográramos tener el 24% de la matriz de generación en el 2030 con fuentes renovables, los costos bajarían y bajaría por supuesto la tarifa de electricidad. Si bajaran los precios del combustible en el mercado mundial, también podrían bajar. Todas esas alternativas se tienen en cuenta”.

Hoy en Cuba se usa para la cocción de alimentos la electricidad y otros combustibles, matriz que no se puede cambiar, porque “si ponemos la electricidad extremadamente barata y el gas que es importado extremadamente caro, todo el mundo abandona el gas y cocina con la electricidad. Los precios dan esas tendencias”, comentó.

Lo que se busca con las nuevas tarifas, resumió Murillo Jorge, es que no cambie la matriz de consumo doméstico, “lo cual deberá llevar a la tendencia, en la medida de las posibilidades del país, que las personas usen más las fuentes renovables de energías, como los calentadores solares”.

Como ya se informó recientemente en la Mesa Redonda, la lectura efectuada del 25 de noviembre al 25 de diciembre, se factura en enero a las tarifas actuales, mientras que la lectura efectuada del 25 de diciembre al 25 de enero, se factura en febrero (cinco días de diciembre por la tarifa vieja y los 25 de enero ya por la nueva).



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( Tomado de Cubadebate )

Ordenamiento monetario: Tarifas, consumos y el nuevo cálculo de la electricidad

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El actualizado cálculo de uno de los servicios básicos para la población ha hecho sacar cuentas a todos, y buscar la relación factura-salario. Porque el ordenamiento monetario, que comenzará el 1ro de enero, provocará una subida del importe a pagar por el gasto de electricidad.    

Hoy un kWh de electricidad vale nueve centavos y el que consume 100 paga nueve pesos. Sin embargo, cuando el próximo mes los cambios entren en vigor, el coste de ese mismo consumo se elevará a 40 pesos. Este crecimiento también aparece en los siguientes tramos de la tarifa, que en la actualidad es “extremadamente subsidiada por el Estado”, como refirió en la Mesa Redonda la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss.

Pero, por qué suben las tarifas, preguntan no pocos tras la noticia. La vicetitular de Energía y Minas, Tatiana Amarán Bogachova, explicó que para las empresas eléctricas, como para todas las de la economía cubana, hoy 1 CUP= 1 CUC= 1 USD, y con el nuevo tipo de cambio, deberán multiplicar sus costos importados por 24.

    El 49,9% de los combustibles (entre crudo y gas acompañante) que se usan en Cuba para generar electricidad son nacionales. El resto hay que importarlo, así como más del 90% de los insumos que se utilizan en las plantas y unidades generadoras, ilustró la viceministra en diálogo con Cubadebate.

Por eso, dijo, el costo de la electricidad es alto, y la tarifa no puede ser totalmente subsidiada, “aun cuando el Presupuesto del Estado siga financiando gran parte del precio de esta”.

De acuerdo con Bolaños Weiss, alrededor de 18 000 millones de pesos serán destinados anualmente para complementar el costo real de ese servicio.

Si bien la tarifa aumenta, Amarán Bogachova sostiene que los primeros cinco escalones (hasta los 300 kWh) se mantienen subsidiados, porque aunque hay un incremento “está por debajo del costo real de la generación de electricidad en el país por su alto nivel de importación”.

Un objetivo de la tarifa, abundó la viceministra, es desestimular el consumo, de ahí que los que consuman mucho tendrán que pagar más. Igualmente, la actualización responde a uno de los principios del ordenamiento monetario de no subsidiar productos y servicios, sino personas.

    Según datos oficiales, en Cuba hay poco más de 4 millones de clientes residenciales, cuyo consumo promedio es de 185 kWh mensual. Incluso, el 37% gasta menos que esa cantidad. De forma general, los clientes residenciales representan el 60% del total, que contempla además al sector estatal.

Para calcular la relación factura-salario hay que tener en cuenta varios análisis, uno de ellos es el incremento salarial que recibirán los trabajadores a partir de enero. El jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos, Marino Murillo Jorge, explicó que “en los grupos de menos ingresos, pierde participación el gasto de electricidad comparado con el salario que se pagará”.

    Por ejemplo, ilustró, si se trata de una persona que vive sola, recibe el salario mínimo y consume 100 kWh, paga en estos momentos nueve pesos, el 4% del salario mínimo actual. Cuando ocurra la unificación, pagará 40 pesos, pero con un salario mínimo de 2 100, y eso es el 1.9%.

Uno de los foristas que compartió su cuenta decía que por los 500 kWh que como promedio se lee en su factura deberá pagar 2 267 pesos, con un nuevo salario de 3 585 pesos. Sin embargo, hoy paga 459 pesos ganando 425 pesos. “¿Cómo puede pagar entonces esa electricidad?”.  Por eso, “no se debe comparar con ‘mi salario’, hay que comparar con el ingreso del núcleo familiar”, razonó Murillo Jorge.

El jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos señaló que el país viene haciendo inversiones en plantas térmicas más eficientes. “Y si lográramos tener el 24% de la matriz de generación en el 2030 con fuentes renovables, los costos bajarían y bajaría por supuesto la tarifa de electricidad. Si bajaran los precios del combustible en el mercado mundial, también podrían bajar. Todas esas alternativas se tienen en cuenta”.

Hoy en Cuba se usa para la cocción de alimentos la electricidad y otros combustibles, matriz que no se puede cambiar, porque “si ponemos la electricidad extremadamente barata y el gas que es importado extremadamente caro, todo el mundo abandona el gas y cocina con la electricidad. Los precios dan esas tendencias”, comentó.

Lo que se busca con las nuevas tarifas, resumió Murillo Jorge, es que no cambie la matriz de consumo doméstico, “lo cual deberá llevar a la tendencia, en la medida de las posibilidades del país, que las personas usen más las fuentes renovables de energías, como los calentadores solares”.

Como ya se informó recientemente en la Mesa Redonda, la lectura efectuada del 25 de noviembre al 25 de diciembre, se factura en enero a las tarifas actuales, mientras que la lectura efectuada del 25 de diciembre al 25 de enero, se factura en febrero (cinco días de diciembre por la tarifa vieja y los 25 de enero ya por la nueva).



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( Tomado de Cubadebate )

Nuevos precios para productos y servicios en los que se eliminan subsidios

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La Gaceta Oficial publicó los acuerdos y normas del Consejo de Estado y de Ministros mediante los cuales se establecen nuevos precios y tarifas para productos y servicios en los que se ha decidido eliminar las gratuidades y subsidios que asume el Presupuesto del Estado.

El decreto ley 24 del Consejo de Ministros establece nuevas facultades para la aprobación de precios y tarifas de productos y servicios encargando al Consejo de Ministros la facultad de aprobar, por primera vez, los precios y tarifas de los productos o servicios que no sean de su nomenclatura, en los que se decida eliminar gratuidades o subsidios indebidos del Presupuesto del Estado a partir de los cambios que se producen en la economía nacional como parte del ordenamiento monetario.

La norma, publicada hoy en la Gaceta Oficial número 68, ratifica la vigencia de la Comisión de Precios, presidida por el Ministro de Finanzas y Precios e integrada por viceministros de los ministerios de Economía y Planificación, del Comercio Interior, de Turismo, así como un representante del Grupo de Administración Empresarial y los presidentes de las cadenas de tiendas.

Dicha Comisión aprueba y modifica precios minoristas para productos considerados de primera necesidad, los que serán revisados con una periodicidad anual y establece los principios metodológicos sobre la formación de precios minoristas.

Entre estos productos y servicios que se fijan se encuentran arroz consumo, aceite vegetal comestible, frijoles, azúcar crudo y refino, muslo con contramuslo de pollo, huevos frescos de ave, picadillo texturizado, mortadella, pastas alimenticias nacionales de línea económica, café mezclado torrefaccionado, pan normado, leche fluida para niños y casos protegidos, leche en polvo para niños y casos protegidos, yogurt de producción nacional, carne de res, compotas, pescados para casos protegidos, tarifas eléctricas residenciales, servicios de abasto de agua y alcantarillado, gas licuado (GLP), Gas manufacturado, combustibles que se expende en los puntos de venta de CIMEX y pago por la vivienda.

Además el Consejo de Ministros establecerá los precios de acopio de los siguientes productos agropecuarios, por su importancia para la economía nacional: arroz cáscara húmedo, arroz consumo, frijol negro, frijol colorado, leche fresca ganado bovino, tabaco sol palo principal, tabaco principal, tabaco Vega primera, tabaco Vega segunda, tabaco Virginia, tabaco tapado, café cereza arábico, café cereza robusta, caña de azúcar, madera en bolos (CUP/m3) y madera aserrada (CUP/m3).

En la Gaceta Oficial se publicó también hoy el acuerdo 8957 del Consejo de Ministros mediante el cual se establece que a los trabajadores por cuenta propia que brindan el servicio de transportación de carga, de pasajeros en la modalidad de “servicio regular”, o ambos servicios, mediante el uso de tarjetas magnéticas, se les aplicarán los precios mayoristas establecidos por el Ministro de Finanzas y Precios, de los combustibles que se expenden en los servicentros.

En la publicación del Ministerio de Justicia se publica además el acuerdo 8958 del Consejo de Ministros en el que se establecen también los precios estatales de acopio de productos agropecuarios de importancia para la economía nacional.

La edición extraordinaria número 68 del 2020 de la Gaceta Oficial incluye también en su contenido el acuerdo 8959 del Consejo de Ministros, mediante el cual se aprueban las tarifas máximas en pesos cubanos de los servicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las viviendas y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos para el sector doméstico.

A continuación algunas de las modificaciones de precios y tarifas de productos y servicios:



PRECIOS Y TARIFAS MINORISTAS

No. Productos UM Precio Minorista

1. Arroz importado con 15% de partidura, normado, regulado y liberado Lb 7.00

2. Arroz importado con 4% de partidura, liberado Lb 10.00

3. Arroz consumo nacional, normado, regulado y liberado Lb 6.00

4. Aceite vegetal normado a granel Lb 12.00

5. Aceite vegetal de soya envasado, normado Lb 18.00

6. Frijoles importados normados y liberados Lb 16.00

7. Frijoles negros nacionales, normados y liberados Lb 14.00

8. Frijoles nacionales liberados (colorados) Lb 16.00

9. Azúcar crudo, normada y liberada Lb 5.00

10. Azúcar refino normada y liberada Lb 6.00

11. Pollo normado y liberado Lb 20.00

12. Huevo de gallina normado y liberado U 2.20

13. Picadillo texturizado Lb 15.00

14. Mortadella de pollo Novel Lb 17.00

15. Pasta Alimenticia en paquetes de 400 grs Pqte 15.00

16. Café mezclado (en paquetes de 4 onzas) Pqte 8.00

17. Pan normado de 80g U 1.00

18. Leche en polvo entera, normada y dietas médicas, bolsa kg 2.50

19. Leche en polvo descremada para dietas médicas(*) kg 2.00

20. Leche fluida industria-pasteurizada(*) litro 0.25

21. Leche fresca de vaca(*) litro 0.25

22. Yogurt de soya en bolsas de 917 ml, normado y liberado U 5.00

23. Yogurt natural normado en bolsa de 917 ml (*) U 1.00

24. Yogurt natural liberado en bolsa de 917 ml U 15.00

25. Carne de res primera deshuesada, normada y dietas médicas (*) Lb 0.70

26. Picadillo de res normado (*) Lb 0.70

27. Compota normada en envase de 10grs (*) U 0.30

28. Pescado Jurel entero, normado Lb 19.00

(*) Productos con precios subsidiados temporalmente



COMBUSTIBLE DE VENTA EN SERVICENTROS

No. Productos UM Precio minorista

1. Gasolina 100 octanos L 37.50

2. Gasolina 94 octanos L 30.00

3. Gasolina 90 octanos L 25.00

4. Gasolina 83 octanos L 20.00

5. Diesel Regular L 25.00

COMBUSTIBLE PARA COCCIÓN

No. Productos UM Precio minorista

1. Gas Licuado Kg 21.30

2. Gas manufacturado m3 2.50

ENERGÍA ELÉCTRICA SECTOR RESIDENCIAL

No. Tramos de consumo UM Tarifas a la población

1. 0-100 Kwh 0.40

2. 101-150 Kwh 1.30

3. 151-200 Kwh 1.75

4. 201-250 Kwh 3.00

5. 251-300 Kwh 4.00

6. 301-350 Kwh 7.50

7. 351-500 Kwh 9.00

8. 501-1000 Kwh 10.00

9. 1001-5000 Kwh 15.00

10. Más de 5000 Kwh 25.00

⦁ “PRECIOS MINORISTAS DE LOS PRODUCTOS EN LOS QUE SE ELIMINA EL SUBSIDIO”

No. Productos UM Precio Minorista

1. Lactosoy en bolsas de 1 Kg U 25.00

2. Sal común en bolsas de 1 Kg U 7.00

3. Fósforos U 1.00

4. Keroseno Litro 14.20

5. Alcohol Litro 7.00

⦁ TARIFAS DE SERVICIOS EN LOS QUE SE ELIMINA GRATUIDADES “TARIFAS MÁXIMAS DE SERVICIOS MECÁNICOS A LA POBLACIÓN DE NUEVA INSTALACIÓN, RENOVACIÓN, VARIACIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPOS UTILIZADOS DE GAS MANUFACTURADO, ASÍ COMO EL DEm CORTE Y RECONEXIÓN”

Nueva instalación, renovación, variación e instalación de equipos utilizados de gas manufacturado CUP/Hora 65.00

Corte y reconexión de gas manufacturado CUP/Hora 50.00

Las tarifas corresponden a la mano de obra de las diferentes modalidades de servicios que prestan entidades de la Unión Cubapetróleo, las cuales especifican en el comprende del servicio el tiempo máximo en horas para cada una de ellas y se diferencian en correspondencia con las complejidades de la orden, sin exceder del máximo establecido.

“TARIFAS PARA SERVICIOS QUE SE PRESTAN POR LOS JOVEN CLUB DE COMPUTACIÓN Y ELECTRÓNICA”

Servicio Servicio de WIFI a través de la infraestructura propia de las instalaciones destinadas para ese fin.
CUP/Mensuales 20.00

TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS PRODUCTIVOS QUE PRESTAN LAS ENTIDADES DEL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS EN EL SECTOR DOMÉSTICO

No. SERVICIOS UM TARIFAS

1. ABASTO DE AGUA POR ACUEDUCTO

1.1. Tarifa para el Servicio de abasto de agua potable. Servicio No Metrado: mes/hab 7.00

1.2. Tarifa para el servicio de abasto de agua potable. Servicio Metrado:

Hasta 3,0 m³/habitante/mes m³ 1.75

Más de 3,0 m³/ hasta 4,5 m³/habitante/mes m³ 3.50

Más de 4,5 m³/hasta 6,0 m³/habitante/mes m³ 5.25

Más de 6,0 m³/hasta 7,5 m³/habitante/mes m³ 7.00

Más de 7,5 m³/hasta 8,5 m³/habitante/mes m³ 10.50

Más de 8,5 m³/habitante/mes m³ 21.00

LIMPIEZA DE FOSA viajes 280.00

Desobstrucción mecanizada hora 320.00




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( ACN )

Nuevos precios para productos y servicios en los que se eliminan subsidios

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La Gaceta Oficial publicó los acuerdos y normas del Consejo de Estado y de Ministros mediante los cuales se establecen nuevos precios y tarifas para productos y servicios en los que se ha decidido eliminar las gratuidades y subsidios que asume el Presupuesto del Estado.

El decreto ley 24 del Consejo de Ministros establece nuevas facultades para la aprobación de precios y tarifas de productos y servicios encargando al Consejo de Ministros la facultad de aprobar, por primera vez, los precios y tarifas de los productos o servicios que no sean de su nomenclatura, en los que se decida eliminar gratuidades o subsidios indebidos del Presupuesto del Estado a partir de los cambios que se producen en la economía nacional como parte del ordenamiento monetario.

La norma, publicada hoy en la Gaceta Oficial número 68, ratifica la vigencia de la Comisión de Precios, presidida por el Ministro de Finanzas y Precios e integrada por viceministros de los ministerios de Economía y Planificación, del Comercio Interior, de Turismo, así como un representante del Grupo de Administración Empresarial y los presidentes de las cadenas de tiendas.

Dicha Comisión aprueba y modifica precios minoristas para productos considerados de primera necesidad, los que serán revisados con una periodicidad anual y establece los principios metodológicos sobre la formación de precios minoristas.

Entre estos productos y servicios que se fijan se encuentran arroz consumo, aceite vegetal comestible, frijoles, azúcar crudo y refino, muslo con contramuslo de pollo, huevos frescos de ave, picadillo texturizado, mortadella, pastas alimenticias nacionales de línea económica, café mezclado torrefaccionado, pan normado, leche fluida para niños y casos protegidos, leche en polvo para niños y casos protegidos, yogurt de producción nacional, carne de res, compotas, pescados para casos protegidos, tarifas eléctricas residenciales, servicios de abasto de agua y alcantarillado, gas licuado (GLP), Gas manufacturado, combustibles que se expende en los puntos de venta de CIMEX y pago por la vivienda.

Además el Consejo de Ministros establecerá los precios de acopio de los siguientes productos agropecuarios, por su importancia para la economía nacional: arroz cáscara húmedo, arroz consumo, frijol negro, frijol colorado, leche fresca ganado bovino, tabaco sol palo principal, tabaco principal, tabaco Vega primera, tabaco Vega segunda, tabaco Virginia, tabaco tapado, café cereza arábico, café cereza robusta, caña de azúcar, madera en bolos (CUP/m3) y madera aserrada (CUP/m3).

En la Gaceta Oficial se publicó también hoy el acuerdo 8957 del Consejo de Ministros mediante el cual se establece que a los trabajadores por cuenta propia que brindan el servicio de transportación de carga, de pasajeros en la modalidad de “servicio regular”, o ambos servicios, mediante el uso de tarjetas magnéticas, se les aplicarán los precios mayoristas establecidos por el Ministro de Finanzas y Precios, de los combustibles que se expenden en los servicentros.

En la publicación del Ministerio de Justicia se publica además el acuerdo 8958 del Consejo de Ministros en el que se establecen también los precios estatales de acopio de productos agropecuarios de importancia para la economía nacional.

La edición extraordinaria número 68 del 2020 de la Gaceta Oficial incluye también en su contenido el acuerdo 8959 del Consejo de Ministros, mediante el cual se aprueban las tarifas máximas en pesos cubanos de los servicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las viviendas y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos para el sector doméstico.

A continuación algunas de las modificaciones de precios y tarifas de productos y servicios:



PRECIOS Y TARIFAS MINORISTAS

No. Productos UM Precio Minorista

1. Arroz importado con 15% de partidura, normado, regulado y liberado Lb 7.00

2. Arroz importado con 4% de partidura, liberado Lb 10.00

3. Arroz consumo nacional, normado, regulado y liberado Lb 6.00

4. Aceite vegetal normado a granel Lb 12.00

5. Aceite vegetal de soya envasado, normado Lb 18.00

6. Frijoles importados normados y liberados Lb 16.00

7. Frijoles negros nacionales, normados y liberados Lb 14.00

8. Frijoles nacionales liberados (colorados) Lb 16.00

9. Azúcar crudo, normada y liberada Lb 5.00

10. Azúcar refino normada y liberada Lb 6.00

11. Pollo normado y liberado Lb 20.00

12. Huevo de gallina normado y liberado U 2.20

13. Picadillo texturizado Lb 15.00

14. Mortadella de pollo Novel Lb 17.00

15. Pasta Alimenticia en paquetes de 400 grs Pqte 15.00

16. Café mezclado (en paquetes de 4 onzas) Pqte 8.00

17. Pan normado de 80g U 1.00

18. Leche en polvo entera, normada y dietas médicas, bolsa kg 2.50

19. Leche en polvo descremada para dietas médicas(*) kg 2.00

20. Leche fluida industria-pasteurizada(*) litro 0.25

21. Leche fresca de vaca(*) litro 0.25

22. Yogurt de soya en bolsas de 917 ml, normado y liberado U 5.00

23. Yogurt natural normado en bolsa de 917 ml (*) U 1.00

24. Yogurt natural liberado en bolsa de 917 ml U 15.00

25. Carne de res primera deshuesada, normada y dietas médicas (*) Lb 0.70

26. Picadillo de res normado (*) Lb 0.70

27. Compota normada en envase de 10grs (*) U 0.30

28. Pescado Jurel entero, normado Lb 19.00

(*) Productos con precios subsidiados temporalmente



COMBUSTIBLE DE VENTA EN SERVICENTROS

No. Productos UM Precio minorista

1. Gasolina 100 octanos L 37.50

2. Gasolina 94 octanos L 30.00

3. Gasolina 90 octanos L 25.00

4. Gasolina 83 octanos L 20.00

5. Diesel Regular L 25.00

COMBUSTIBLE PARA COCCIÓN

No. Productos UM Precio minorista

1. Gas Licuado Kg 21.30

2. Gas manufacturado m3 2.50

ENERGÍA ELÉCTRICA SECTOR RESIDENCIAL

No. Tramos de consumo UM Tarifas a la población

1. 0-100 Kwh 0.40

2. 101-150 Kwh 1.30

3. 151-200 Kwh 1.75

4. 201-250 Kwh 3.00

5. 251-300 Kwh 4.00

6. 301-350 Kwh 7.50

7. 351-500 Kwh 9.00

8. 501-1000 Kwh 10.00

9. 1001-5000 Kwh 15.00

10. Más de 5000 Kwh 25.00

⦁ “PRECIOS MINORISTAS DE LOS PRODUCTOS EN LOS QUE SE ELIMINA EL SUBSIDIO”

No. Productos UM Precio Minorista

1. Lactosoy en bolsas de 1 Kg U 25.00

2. Sal común en bolsas de 1 Kg U 7.00

3. Fósforos U 1.00

4. Keroseno Litro 14.20

5. Alcohol Litro 7.00

⦁ TARIFAS DE SERVICIOS EN LOS QUE SE ELIMINA GRATUIDADES “TARIFAS MÁXIMAS DE SERVICIOS MECÁNICOS A LA POBLACIÓN DE NUEVA INSTALACIÓN, RENOVACIÓN, VARIACIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPOS UTILIZADOS DE GAS MANUFACTURADO, ASÍ COMO EL DEm CORTE Y RECONEXIÓN”

Nueva instalación, renovación, variación e instalación de equipos utilizados de gas manufacturado CUP/Hora 65.00

Corte y reconexión de gas manufacturado CUP/Hora 50.00

Las tarifas corresponden a la mano de obra de las diferentes modalidades de servicios que prestan entidades de la Unión Cubapetróleo, las cuales especifican en el comprende del servicio el tiempo máximo en horas para cada una de ellas y se diferencian en correspondencia con las complejidades de la orden, sin exceder del máximo establecido.

“TARIFAS PARA SERVICIOS QUE SE PRESTAN POR LOS JOVEN CLUB DE COMPUTACIÓN Y ELECTRÓNICA”

Servicio Servicio de WIFI a través de la infraestructura propia de las instalaciones destinadas para ese fin.
CUP/Mensuales 20.00

TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS PRODUCTIVOS QUE PRESTAN LAS ENTIDADES DEL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS EN EL SECTOR DOMÉSTICO

No. SERVICIOS UM TARIFAS

1. ABASTO DE AGUA POR ACUEDUCTO

1.1. Tarifa para el Servicio de abasto de agua potable. Servicio No Metrado: mes/hab 7.00

1.2. Tarifa para el servicio de abasto de agua potable. Servicio Metrado:

Hasta 3,0 m³/habitante/mes m³ 1.75

Más de 3,0 m³/ hasta 4,5 m³/habitante/mes m³ 3.50

Más de 4,5 m³/hasta 6,0 m³/habitante/mes m³ 5.25

Más de 6,0 m³/hasta 7,5 m³/habitante/mes m³ 7.00

Más de 7,5 m³/hasta 8,5 m³/habitante/mes m³ 10.50

Más de 8,5 m³/habitante/mes m³ 21.00

LIMPIEZA DE FOSA viajes 280.00

Desobstrucción mecanizada hora 320.00




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( ACN )

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