Tras la aprobación por el Consejo de Estado de un decreto-ley a fin de extender por 180 días, a partir de su entrada en vigor, el plazo para que las personas naturales acudan a las sucursales bancarias seleccionadas a cambiar los pesos convertibles (CUC) por pesos cubanos, el Banco Central de Cuba (BCC) anunció decisiones relacionadas con el efectivo en CUC y las cuentas bancarias de la población en esa moneda.
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Durante este plazo, el titular podrá decidir si convierte la cuenta a pesos cubanos u optar por el certificado de depósito en divisas, según las condiciones establecidas para este nuevo producto.
De igual modo, a partir del 1ro. de julio y hasta el 30 de diciembre, los colaboradores, a cuyas cuentas bancarias se les aplica la bonificación del 30 % para la compra en establecimientos comerciales, podrán solicitar, desde la cuenta en pesos cubanos, convertir total o parcialmente el saldo que tenían al cierre de diciembre de 2020 en sus cuentas en pesos convertibles, a un certificado de depósitos en divisas, con las características anunciadas.
La publicación del BCC ratificó que, a partir del próximo 1ro. de julio, el efectivo en CUC no se recibirá en las tiendas ni establecimientos comerciales; al tiempo que señaló que tales medidas estarán respaldadas por disposiciones jurídicas, las cuales se darán a conocer próximamente.
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( Granma )
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